Proceso de Revisión por Pares
1. En consonancia con la práctica de la ciencia abierta, la E-Legis adopta la evaluación por pares con posibilidad de sistema doble ciego o revisión abierta, en la que los revisores y autores(as) toman conocimiento de la identidad uno del otro.
2. El manuscrito presentado sigue el flujo de evaluación en tres etapas:
- dos primeras etapas de verificación de aspectos formales que contemplan micro y macro aspectos de adecuación del texto a las instrucciones de formato de la E-Legis y a las normas técnicas. Esas etapas son conducidas por el(a) editor(a)-jefe con apoyo de la comisión editorial de la revista; y
- una tercera etapa de evaluación de contenido, con objetivo de verificar la adecuación del texto al objetivo de la revista, la consistencia argumentativa, la metodología y las referencias utilizadas. Esa etapa es conducida por revisores bajo la orientación de los(las) editores(as) de la revista.
3. Las etapas pueden resultar en las siguientes decisiones editoriales: “aceptar sin restricciones”, “aceptar con adaptaciones obligatorias”, “indicar nueva presentación después de la reformulación”, “indicar presentación a otra revista” y “rechazar”.
4. En el caso de los manuscritos con decisión editorial "aceptar con adaptaciones obligatorias", las modificaciones efectuadas deberán ser destacadas en carta de revisión. En caso de que haya sugerencias/indicaciones de la revisora no atendidas, esas deberán ser indicadas y justificadas en la carta de revisión.
5. Los artículos aceptados serán enviados para revisión y devueltos a los(las) autores(as) para aceptación de las eventuales sugerencias de modificación.
6. Después de la aceptación final en la etapa de revisión de contenido, el manuscrito será enviado para traducción en los idiomas portugués, inglés y(o) español, dependiendo del idioma del manuscrito original.
7. Con el acuerdo de autores(as) y revisores, es posible adoptar el sistema de revisión abierta. En ese caso, serán incluidas en el texto las informaciones de identificación del(la) revisora responsable por la evaluación.
8. Por opción de la revisora, es posible publicar, en la E-Legis, en área específica, el dictamen como documento original e indexable. En ese caso, se presume que la revisora esté de acuerdo con los términos de la Política Editorial de la E-Legis, encuadrándose, también, como autor(a) de manuscrito (dictamen).