
El artículo tiene como objetivo analizar, desde una perspectiva comparada, el tratamiento dado al tema de la comunicación social en las constituciones actualmente vigentes en Brasil (CRFB/1988) y en Portugal (CRP/1976). Inicialmente, se contextualiza el papel de los medios de comunicación en general y se presentan críticas al ejercicio del periodismo en Brasil. A partir de este escenario, se señala la necesidad de mejorar el funcionamiento de las instituciones relacionadas con los medios en Brasil. El análisis del tratamiento constitucional del tema en países democráticos surge como una alternativa especialmente relevante para abordar adecuadamente esta cuestión. A través de una revisión bibliográfica y del análisis de los textos constitucionales, se observa que, a pesar de contar con diversas similitudes, las constituciones de Brasil y Portugal presentan diferencias, sobre todo, en cuanto a la concepción de la regulación del sector.